El TSJA resuelve que el suelo de El Algarrobico no es urbanizable
Marta Soler - Almería www.elpais.com
13-06-2012
El paraje del parque natural de Cabo de Gata-Níjar (Almería) sobre el que se levantó en 2003 el hotel de 20 plantas y 411 habitaciones situado en la playa del Algarrobico, en Carboneras, tiene especial protección en el que no cabe construcción alguna.
Así lo ha ratificado el Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía (TSJA), que ha anulado el Plan de Ordenación de Recursos
Naturales (PORN) de 2008 y que rectificaba el de 1994, en el que sí
estaba protegida la zona.
El TSJA devuelve así a este paraje natural el grado
de protección que revocó la Junta hace cuatro años al calificar la zona
como núcleos urbanos preexistentes y otras zonas transformadas. Sobre
estos espacios, el artículo 5 de este PORN establece que tal
zonificación es compatible con las nuevas edificaciones y la
rehabilitación de las existentes para el desarrollo de actividades
relacionadas con el turismo en el medio rural.
La primera modificación en la calificación del suelo,
y que dio luz verde a la licencia municipal y posterior construcción
del hotel, se produjo en 1997. Ese año, la Junta modificó varios mapas
del parque natural para dejar el paraje donde se ha construido el hotal
fuera de la zona de especial protección. La Administración andaluza
alegó entonces errores en la publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía (BOJA) del anterior plan de 1994. Justificó que,
debido a las reducidas dimensiones del BOJA, hacía de difícil
legibilidad conocer con exactitud la zona en la que se encontraba.
Ese cambió sirvió para que el Ayuntamiento de
Carboneras (entonces socialista) concediera licencia de obras a la
promotora Azata del Sol para levantar el hotel. No puede aceptarse que
por un mecanismo tan burdo como una mera corrección de errores se cambie
la protección de un sector pasando de especial protección a urbanizable
lo que más bien parece haber sido una triquiñuela para hacer jugar a la
inversa la jerarquización de los planeamientos urbanísticos y
medioambientales adaptando el PORN a las Normas Susidiarias locales lo
que está vedado según la normativa principal, sentencia el TSJA en un
claro varapalo a la actuación llevada a cabo desde la Consejería de
Medio Ambiente.
La organización ecologista Greenpeace ha asegurado este miércoles que tanto la Junta de Andalucía como el Gobierno central se han quedado "sin argumentos"
y ha instado a ambos Ejecutivos a tirar el hotel. La responsable de la
campaña de Costas de esta asociación, Pilar Marcos, afirmó que esta
resolución, sobre la que no cabe recurso, supone una nueva victoria que,
unida a la sentencia del Tribunal Supremo que señala que el inmueble
viola la Ley de Costas e invade de manera parcial la zona de servidumbre
del dominio marítimo-terrestre, conlleva la declaración "ilegal" del
hotel.
El Ayuntamiento de Carboneras, ahora gobernado por
los independientes de Gicar, aseguran que seguirán trabajando por la
apertura del hotel, cuestión que apoya el PP de Almería y la Mancomunidad de Municipios del Levante.
Sobre la demolición, el TSJA indica también que para
corregir los perjuicios por la construcción del hotel, "no es necesario
más que aplicar las medidas de disciplina urbanística establecidas en el
artículo 38.1 del Real Decreto Legislativo 1/92 de 26 de junio a las
que remitía el PORN del 1994 y todo ello sin perjuicio del ejercicio de
la competencia sancionadora de la administración. Este artículo estipula
que las edificaciones contrarias al planeamiento deben ser demolidas
sin indemnización.
Comentario de HsO:
1 comentario:
Bueno, por fin una buena noticia, ¿verdad?
Un saludo, y de nuevo, enhorabuena por su blog.
Jose
Publicar un comentario